México, D.F.- Por primera vez, el presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), Raúl Plascencia responderá ante Senadores de la Comisión de Derechos Humanos, el próximo martes 20 de Mayo, por violentar los derechos humanos de las familias de las víctimas y de la sociedad en la investigación y en la recomendación 80/2013 sobre la masacre de 72 personas migrantes en San Fernando, Tamaulipas.
Ante la petición de comparecencia, hasta la fecha, sólo se ha logrado una reunión de trabajo impulsada por las organizaciones Fundación para la Justicia y el Estado Democrático de Derecho, el Grupo de Información en reproducción Elegida (GIRE) y la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos (CMDPDH). A través de las preguntas de los senadores se espera que el ombudsman responda a las inconformidades de este grupo de organizaciones y de familiares.
Si bien la Comisión de Derechos Humanos del Senado consiguió una reunión de trabajo, cuando lo que se estaba pidiendo era una comparecencia, seguimos convencidos que un Estado democrático de Derecho requiere mecanismos de controles eficaces, regulares e institucionalizados entre los diferentes poderes y órganos de la Nación. En este caso, cuando un órgano autónomo como la CNDH viola los derechos humanos de víctimas tan vulnerables como son las personas migrantes y sus familias, el titular de la Presidencia de la CNDH tiene la obligación de rendir cuentas. Además, el ombudsman nacional tiene el deber de investigar los hechos de la masacre de las 72 personas migrantes, de clasificarlos como grave violaciones a los derechos humanos, de escuchar a las víctimas y sus familiares y de dictar medidas específicas para reparar el daño en materia de derechos humanos.
La CNDH demoró 3 años y 4 meses de ocurridos los hechos en suscribir la recomendación derivada del proceso de investigación. Dicha recomendación contiene aspectos relevantes en materia de medicina forense, cadena de custodia, manejo de restos, así como recomienda iniciar procedimientos por algunas responsabilidades vinculadas con la
investigación penal y medidas estructurales como la creación de un banco de datos en genética y políticas de prevención.
Sin embargo, la recomendación 80/2013 viola dos aspectos fundamentales en perjuicio de las víctimas y de la sociedad: no se pronuncia sobre los hechos de la masacre (violación al derecho a la vida) ni sobre la responsabilidad del Estado en los hechos. Al no garantizarles su derecho a participar en el proceso, la CNDH no buscó, documentó ni escuchó la voz de los familiares de las víctimas de las 72 personas migrantes asesinadas quienes conforme al derecho nacional e internacional, también son víctimas. La recomendación tampoco establece medidas de reparación integral del daño. Dicha recomendación resulta parcial, violatoria de los derechos humanos de familiares de las víctimas e incluso perjudicial al derecho a saber de las víctimas y de la sociedad por lo siguiente.
Por otra parte, la CNDH también deberá rendir cuentas sobre su falta de actuación para emitir medidas cautelares y prevenir violaciones de derechos humanos de familiares de migrantes. Tal es el caso de la solicitud de medidas que no dictó para evitar la cremación de restos de personas migrantes de San Fernando Tamaulipas.
De ahí la solicitud de comparecencia pública del Presidente de la CNDH ante el Legislativo por las omisiones advertidas en el proceso de investigación en la masacre de 72 personas migrantes y las masacres de las fosas clandestinas de San Fernando. La masacre de las 72 personas migrantes constituye uno de los peores momentos de la historia de México y la CNDH obstaculiza el ejercicio del derecho a la verdad para las víctimas, sus familiares y la sociedad.
Confiamos en los senadores para que se hagan voceros de las preocupaciones de las familias de las víctimas. Se aprovechará de esta oportunidad para solicitar a los Senadores que se integre una comisión especial para dar seguimiento a los compromisos que la CNDH asumirá para investigar la masacre de las 72 personas, atender a las víctimas y reparar el daño. La reparación debe realizarse a través de un proceso que dignifique y cuide a las víctimas, respetando el derecho que ellas tienen de estar acompañadas por sus representantes y de participar en la definición de las medidas de reparación.
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