Ciudad de México.- La Cámara de Diputados informó en boletín que, la Comisión de Igualdad de Género, que preside la diputada perredista Martha Lucía Mícher Camarena, aprobó el dictamen -a la minuta que incorpora- el concepto de violencia obstétrica en la Ley General de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia.
Violencia obstétrica se considera a toda acción u omisión por parte del personal médico y de salud, que dañe, lastime, denigre o cause la muerte a la mujer durante el embarazo, parto y puerperio.
Será también violencia obstétrica la negligencia en la atención médica que se exprese en un trato deshumanizado, en un abuso de medicación y patologización de los procesos naturales, considerando como tales, la omisión de la atención oportuna, y eficaz, de las emergencias obstétricas.
Este dictamen reforma el artículo 11 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, busca garantizar las oportunidades de desarrollo laboral para las mujeres en un entorno saludable y con pleno respeto a sus derechos.
Es violencia obstétrica practicar el parto por vía de cesárea, cuando hay condiciones para llevarlo a cabo de forma natural; el uso de métodos anticonceptivos o esterilización sin que medie el consentimiento voluntario, expreso e informado de la mujer; y obstaculizar, sin causa médica justificada, el apego precoz del niño o niña con su madre, negándole la posibilidad de cargarlo y amamantarlo inmediatamente después de nacer.
La reforma adiciona una fracción al artículo 6 de ese marco legal, con el fin dar certeza, seguridad y tranquilidad a las mujeres durante el tiempo que dure el embarazo y posterior al mismo.
La comisión avaló además un dictamen a la minuta, que incluye, dentro de los conceptos de violencia laboral la negativa, ilegal, de respetar las oportunidades de ascenso de las mujeres, y el exigir la presentación de certificados médicos de no embarazo.
Agencias