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Chihuahua.- A Diana* le cortaron otro órgano durante una operación para retirarle la matriz; a Rosa le quitaron un ovario nada más para "no batallar"; a Guadalupe se le infectó la operación y casi muere, pero ninguna de ellas tendría el amparo de la ley porque no estaban embarazadas al momento de someterse al proceso quirúrgico. A pesar de constituirse como una violación a los derechos humanos de las mujeres, la violencia ginecológica no está tipificada como un delito, como sí lo está la violencia obstétricapara la que pueden imponerse penas hasta de cinco años.

Camina pausadamente, se sienta en una orilla del sofá y se acomoda el cabello. Diana tiene 48 años, pero se ve más joven. Dice no haber sufrido nunca los estragos de la operación “fueron varios días en el hospital, pero me parecieron como vacaciones” ríe, al recordar que entró un viernes de febrero a la Clínica de Ginecología y Obstetricia del Instituto Mexicano del Seguro Social en Chihuahua para lo que se pensaba era una histerectomía común, normal, como tantas ocurren cada día en ese lugar. Al día siguiente salió de ahí en una ambulancia, abierto el vientre, rumbo al Hospital General Regional No 1, Unidad Morelos, para que le reconstruyeran un uréter, es decir, uno de los dos conductos por los que desciende la orina desde el riñón a la vejiga, que le cortaron durante una operación que debería ser de rutina, pero que, dice, sucedió entre risas del equipo médico y pláticas sobre el Día del Amor.

La doctora Lucy Barraza Matan explica que el uréter en las mujeres se encuentra debajo de los ovarios “atrás del ligamento ancho y discurre a corta distancia del cuello del útero y de los fondos de la vagina, por eso suele ser frecuente que se vean afectados en una operación así”.

Por ello, antes de cada operación a los pacientes les hacen firmar una carta de no responsabilidad, en la que se hacen totalmente conscientes de que durante la operación puede dañarse cualquier órgano y que es parte del procedimiento, por lo que no pueden presentar una demanda o solicitar indemnización alguna.

Para Diana eso también es una violación a sus derechos “si no firmas esa carta, obvio (sic) no te operan, pero si algo pasa mientras te operan y sea culpa del doctor, te dicen que como firmaste no podrás reclamar nada”, por eso mismo, ella no quiso iniciar ninguna queja en contra del IMSS.

Según datos de la Organización Mundial de la Salud, a diario mueren 830 mujeres en todo el mundo por violencia obstétrica, y en México, el Observatorio de Mortalidad Materna registró 778 defunciones maternas de 2002 hasta 2015. Pero números sobre mujeres que hayan padecido violencia ginecológica, es decir, que no estaban embarazadas, pero que también fueron víctimas de maltrato, no los hay hasta ahora.

Esto se debe, dice el presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos José Luis Armendáriz, a que se trata de un “tema” muy reciente, para el que ni siquiera los doctores tienen la consciencia de su existencia, e incluso personal que labora en áreas de salud o de justicia no saben distinguir obstétrico de lo ginecológico, “es que es igual pienso yo, por eso no hay cifras clasificadas, sino un solo informe” dice una vocera de la Fiscalía General del Estado.

“La violencia obstétrica es de muy reciente visibilización y siempre se perdió en actos egoístas, en descortesías en esa relación humana entre médico y paciente”, agrega Armendáriz, quien además detalla que no se han recibido quejas hasta ahora sobre el tema en la CEDH.

Celebra, sin embargo, que “afortunadamente se ha ido ya afianzando toda una serie de consideraciones en torno a lo que gira la violencia obstétrica, y lo que sucede es que muchas legislaciones no se han armonizado y vamos a encontrar muchos vacíos todavía al respecto. En la propia ley de Chihuahua es necesario armonizar varios aspectos todavía, hay muchos vacíos aún en la ley de Salud, en los propios procedimientos de los hospitales. Es un tema nuevo y sí es necesario armonizar la legislación y los reglamentos”.

Sea un problema nuevo o no, Diana sabe que esos procedimientos no siempre se cumplen “cuando yo ya estaba en la plancha de operaciones, la doctora y las enfermeras seguían plática y plática. Me acuerdo que hasta cantaban y se reían preguntándose qué iban a cenar y qué les iban a  regalar, porque era 14 de febrero. De pronto ya no escuché nada, hasta que alguien gritó “es el ovario, es el ovario” y entonces un doctor me puso anestesia y ya no supe más. Ya me habían cortado”.

Es tan nuevo el tema, que el Sistema Integrado de Estadísticas sobre Violencia contra las mujeres del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, INEGI, aún no lo incluye en sus categorías y divide la violencia contra las mujeres sólo en los espacios dónde ésta puede presentarse, dejando fuera las instituciones de salud. 

Apenas el 30 de abril de 2014, el Senado de la República aprobó modificar la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, para proteger a la madre en la atención médica durante el embarazo, parto y puerperio, convirtiendo la violencia obstétrica en un delito y castigando así al personal médico y de salud que dañe, lastime, denigre o cause la muerte a la mujer durante las etapas del embarazo.

Sin embargo, a los senadores de la LXII Legislatura se les olvidó que hay mujeres que también son víctimas de violencia por parte de personal médico y de salud, pero que al no estar embarazadas ya no estarían al amparo de la ley, porque generalmente la definición de obstetricia solo se refiere a todo lo relacionado con el embarazo. 

Para 2015, de acuerdo con el Grupo de Información en Reproducción Elegida, GIRE, sólo 11 entidades contaban con definiciones respecto a la violencia obstétrica en sus Leyes de acceso a una vida libre de violencia, y únicamente Veracruz, Guerrero y Chiapas la habían incorporado a sus Códigos Penales, mientras que en Zacatecas y en Jalisco se analizaban aún iniciativas para incorporarla, y el resto de las entidades no lo veía necesario. Sin embargo, en los estados donde sí se ha hablado del tema no incluyen a la mujer en general, sino únicamente a la que está en etapa de embarazo. 

Y es que si la violencia obstétrica puede incluir el negar la atención médica a consideración del doctor o incluso del personal de enfermería; el propinar regaños, gritos, burlas e indiferencia por las molestias que sufren las mujeres en el embarazo e incluso hasta llegar a aplicar una esterilización sin el consentimiento de la persona, las mujeres que no están en situación de embarazo, no están exentas de sufrir una o todas estas situaciones. 

Por ello, GIRE define la violencia obstétrica como una forma de violación a los derechos humanos y reproductivos de las mujeres, que si bien se genera en el ámbito de la atención del embarazo, parto y puerperio en los servicios de salud —públicos y privados—, esto no sólo aplica a las mujeres encintas. 

Veamos por qué.

GIRE señala que durante la atención del parto, la violencia obstétrica comprende regaños, burlas, ironías, insultos, amenazas, humillaciones, manipulación de la información y negación del tratamiento al señalarse como que aún no es “tan” urgente; no consultar o informar a las pacientes sobre las decisiones que se van tomando en el curso de la operación y el manejo del dolor como castigo por quejarse demasiado. Todo esto, sin duda, puede sufrirlo también una mujer que no esté embarazada y que esté en vías o en medio de un proceso de ginecología

Pensativa y aún con un dejo de molestia, Rosa dice que le quitaron la matriz en la misma clínica del IMSS, pero a diferencia de Diana, “a mí no me maltrataron, lo único es que me quitaron un ovario por "no batallar", pero no había motivo, estaba limpio”.

A su hermana Guadalupe, le hicieron la histerectomía en el Hospital General Presidente Lázaro Cárdenas del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y “se les infectó, casi se muere. La tuvimos que sacar del hospital y llevarla a otro de urgencia”, cuenta Rosa.

Contra Diana todavía después del periodo de recuperación, siguió el maltrato “en la consulta de revisión la doctora trató de hacerme sentir mal, diciéndome que no había más que hacer. Yo no le dije nada, sólo la dejé que hablara, pero no entendía cómo tenía cara para eso. Casi casi me dijo que fue mi culpa por dejar pasar tanto tiempo”. 

Pero eso tampoco fue su culpa: “Duré como dos años diciéndole a la doctora de la clínica familiar, la 29, que ya no aguantaba el malestar. Cada mes tenía mucho dolor y sangrado, pero ella siempre dijo que era normal. Hasta que le dije que sentía una bola del lado derecho. Con la cara pálida, luego de checarme, me mandó a ginecología. Ahí me dijeron que tenía un mioma (un tumor benigno) del tamaño como si tuviera un embarazo de cinco meses. Si la doctora me hubiera hecho caso desde un principio a lo mejor no habría crecido tanto, y no habrían tenido que quitarme todo”, dice con un tono de melancolía, pensando en lo que pudo haber evitado de no constituirse una de las causales de la violencia obstétrica: el retraso en la atención médica.

Marco legal

En 1948, se aprobó la Declaración Universal de Derechos Humanos que estableció que los derechos son generales para todas las personas sin distinción de género, edad, grupo étnico o cualquier otra, y para 1979, la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas aprobó adoptar la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) que suele describirse como una Carta Internacional de Derechos Humanos para las mujeres, y que se supone deben respetar y aplicar todos los Estados firmantes.

En el sistema interamericano existen al menos tres instrumentos específicos sobre derechos de las mujeres, a saber: la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer – Convención de Belem do Pará; el Estatuto de la Comisión Interamericana de Mujeres y el Reglamento de la Comisión Interamericana de Mujeres; dos más en el sistema universal: la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer y la Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer; además de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en el sistema mexicano, y en ninguno de ellos se menciona siquiera la violencia ginecológica o sufrida por mujeres que no están en estado de gravidez. 

Esto lo pudo comprobar la ex diputada del Partido Acción Nacional Laura Marín Franco, cuando le tocó presidir la Comisión de Justicia y en una entrevista señaló que “estuvimos haciendo una investigación en nuestros códigos y de hecho en todas las leyes para ver qué sucede con todas aquellas mujeres que no están embarazadas y que sufren de violencia al momento de ir a un examen médico o procedimiento y hasta la fecha no hemos encontramos nada. Vamos a seguir buscando y en caso de no encontrar nada vamos a trabajar en el tema para buscar la manera de proteger a nuestras mujeres”, pero concluyó la Legislatura y nada pasó.

Mientras tanto,  cualquier mujer que pueda ser víctima de violencia en estos casos puede acudir a la Fiscalía General del Estado, ya que hay manera de que la Fiscalía pueda encauzar los casos en sus procedimientos normales, a pesar de que hasta ahorita no hay un tipo penal como tal para este tipo de situaciones. 

Ni tipo penal ni clasificación en las dependencias de Gobierno, como es el caso del Instituto Chihuahuense de las Mujeres, que tan sólo el año pasado registró siete casos de violencia obstétrica, seis de ellos en el Centro de Atención a la Violencia contra las Mujeres (CAVIM) de Chihuahua y uno más en el de Guachochi, y uno más de seguimiento en la Unidad de Atención a casos de hostigamiento sexual y violencia laboral. 

Sin embargo, de violencia ginecológica no se tiene registro alguno, ya que a decir de Argelia López Valdez de la Fiscalía Especializada en Atención a Mujeres Víctimas del Delito por Razones de Género, generalmente no hay denuncias, “muchas mujeres, por vergüenza o temor, prefieren no denunciar”, señala y sobre todo porque en muchos de los casos, las víctimas tendrán que seguir viendo a los médicos o enfermeros que ejercieron violencia sobre ellas.

Y no es precisamente que no haya casos, sino que no se denuncian como tal, porque las mujeres suelen sentir miedo de iniciar un proceso contra alguna instancia de salud, porque finalmente alguna vez necesitarán acudir a la misma clínica.

En el caso de Diana no fue el temor el que la hizo no presentar una denuncia formal. Al preguntarle el motivo, entrecierra los ojos, voltea hacia arriba y suspira “cuando llegué al Morelos, los doctores me dijeron que o pude haber muerto o haber perdido un riñón. Después de todo eso, yo estaba más agradecida con estar viva, no quería problemas legales ni enfrentar algo que agregara aún más trauma a lo que ya había vivido. Ya no quise saber nada ni de esa doctora ni del tema, me dediqué a intentar olvidarlo y seguir adelante”.

Así, muchas mujeres prefieren evitar tragos amargos al enfrentarse al aparato gubernamental como el del IMSS o del ISSSTE, y sólo esperan que el dolor y el recuerdo de la violencia ejercida sobre ellas, tipificada o no, pase pronto. 

*Los nombres de las entrevistadas fueron cambiados para proteger su identidad.

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