Por Aída María Holguin Baeza.- Como bien lo dice Beatriz Solís Leree, experta en derecho a la información y en investigación de medios, todos somos audiencia y, como audiencias, tenemos derechos.
De acuerdo en lo establecido en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTyR), como audiencias, tenemos una serie de derechos que no muchas personas conocen; como por ejemplo, contenidos que reflejen el pluralismo, no recibir publicidad o propaganda presentada como información periodística o noticiosa, el respeto de los derechos humanos, el derecho a réplica, y recibir la misma calidad y niveles de audio y video durante la programación. Entonces, al desconocer esos derechos, es muy difícil ejercerlos a plenitud.
Afortunadamente, existe una figura que por ley debe -entre otras funciones– defender los derechos que, como audiencias, tenemos. Se trata de la Defensoría de Audiencia, figura que desde el 2014 debe ser implementada por todos los concesionarios que operan estaciones de radio y canales de televisión en México. Esto, con el fin de que -entre otras cosas- esas defensorías escuchen las quejas del público y hagan valer todos los derechos que como audiencia tiene.
En ese marco es que, en el 2017, la Asociación Mexicana de Defensorías de Audiencias (AMDA) promovió un amparo en torno a la reforma hecha ese mismo año al artículo 256 de la LFTyR, misma que nos dejó en estado de indefensión al suprimir, “de manera arbitraria y agresiva”, la facultad del Instituto Federal de Telecomunicaciones para emitir lineamientos en materia de defensa de las audiencias, quedando a discreción de los concesionarios la protección de los derechos y dejando a los defensores de las audiencias como como meros espectadores.
Total que así pasaron los días, los meses y los años, y de los avances de aquel recurso de amparo no se sabía casi nada. Fue hasta el pasado 25 de mayo cuando en el perfil de Twitter de la AMDA publicaron la buena noticia: “¡Ganamos AMPARO en beneficio de las audiencias!”, se leía como presentación a un comunicado anexo en el que se daban los pormenores de la noticia y en el que, de manera particular, se enfatiza que la modificación aprobada en el 2017 al artículo 256 de la LFTyR fue declarada inconstitucional.
Sin duda alguna, hay quijotes de las audiencias que están haciendo todo lo posible para defendernos; sin embargo, esa defensa no puede ser del todo completa o efectiva si, como integrantes de las distintas audiencias, no conocemos todos nuestros derechos. De ahí el interés de Beatriz Solís a emprender (desde las distintas trincheras) acciones de Alfabetización Mediática Informacional que socialicen y generen en las audiencias la conciencia de que son sujetas de derechos que deben conocer y ejercer a plenitud.
Finalizo en esta ocasión, citando lo dicho alguna vez por ganador del Premio Nobel de Química en 1986, John C. Polanyi: “Ha llegado el momento de subrayar el hecho de que nuestros derechos y los de los demás dependen de nuestra voluntad de afirmarlos y defenderlos”.
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