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Chihuahua, Chih.- Con la convicción de que el estado de Chihuahua tiene la obligación de legislar con enfoque antidiscriminatorio para prohibir prácticas que buscan “corregir” la orientación sexual y la identidad de género, la diputada de Morena Leticia Ortega Máynez propuso hoy adicionar todo un capitulo al Código Penal del Estado de Chihuahua, bajo el nombre de “Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual y la Identidad de Género (ECOSIG)”.

De entrada dijo que estas prácticas tienen por objeto la restricción o el menoscabo de los derechos humanos, y “siendo mayormente reprochable cuando tales prácticas se dirigen o aplican en personas con vulnerabilidad agravada, tal son los casos de niñas, niños y adolescentes”.

Estos esfuerzos de organizaciones y padres “no son admisibles en una sociedad donde el faro que nos guía son los derechos humanos. Solamente a través de la inclusión de la diversidad sexual y de género en todos los espacios es que lograremos crear una sociedad en donde todas las personas gocen del respeto a la dignidad y libre desarrollo de la personalidad, sin violencia y discriminación”, explicó sobre la iniciativa que puede leerse completa AQUÍ.

Recordó que la orientación sexual y la identidad de género han sido reconocidas como categorías protegidas contra la discriminación, al ser componentes del derecho al libre desarrollo de la personalidad, conforme al artículo 1º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 1º de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, así como por la jurisprudencia emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación y la Corte Interamericana de Derechos Humanos, por lo que “ninguna norma, decisión o práctica –sea por parte de autoridades o por particulares- puede restringir de modo alguno los derechos de una persona, a partir de su orientación sexual o identidad de género”. 

Explicó que este término de “ECOSIG” se prefiere al uso de otros como “terapias de conversión” o “terapias reparativas”, porque al usar la palabra “terapia” se les valida como tal cuando no lo son; y porque es inexacto, ya que estas prácticas no pertenecen a la medicina o psicología formal, es decir, no son terapéuticas.

Reconoció que estos “ECOSIG” han ganado popularidad en los grupos conservadores, como resultado de los crecientes logros en materia de derechos de la diversidad sexual en México desde mediados de la década pasada, y diversas organizaciones de la sociedad civil encargadas de la defensa y promoción de los derechos humanos de la población LGBTTTI en México, han denunciado un aumento de casos de personas que han sido sometidas a lo que se ha llamado ECOSIG.

Se trata pues de intervenciones que tienen por finalidad cambiar la orientación sexual, la identidad de género o la expresión de género de una persona; y sus promotores afirman que estas terapias pueden transformar a las personas gays, lesbianas o bisexuales en heterosexuales, y a las personas trans o de género diverso a cisgénero. Es decir, se basan en la creencia de que la orientación sexual y la identidad de género de las personas deben cambiarse o reprimirse cuando no se ajustan a lo que otros actores consideran la norma deseable.    

Debido a que consideró que los intentos de patologizar las personas lesbianas, gays, bisexuales, transgénero o de género diverso, tienen consecuencias profundas en su integridad y bienestar físicos y psicológicos, gracias a prácticas humillantes, denigrantes y discriminatorias que ya han sido prohibidas en diversos países y otros estados del país, propuso penas de dos a cinco años de prisión y de cien a mil días de multa.

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