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Chihuahua, Chih,.- De ahora en adelante, si el delito de violación o abuso sexual, fuere cometido previa suministración de algún estupefaciente o psicotrópico a la víctima, en contra de su voluntad o sin su conocimiento, la pena se aumentará en dos terceras partes, tras la agravante que el Congreso del Estado aprobó este martes en sesión ordinaria, luego del dictamen presentado por la Comisión de Justicia.

La reforma antes señalada se aplicó a los párrafos segundos de los artículos 172 y 174 del Código Penal del Estado de Chihuahua y nace de la propuesta presentada por el grupo parlamentario del Partido Acción Nacional.

En tribuna dicha Comisión legislativa reconoció el problema planteado, tan es así que la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH) 2016, menciona que el 61.1% de las mujeres de más de 15 años, han sufrido al menos un incidente de violencia a lo largo de su vida; y 41.3% ha sido víctima de violencia sexual. 

Además, el 88.4% de mujeres que han experimentado violencia física y/o sexual por otro agresor distinto a la pareja, no solicitó apoyo a alguna institución ni presentó una queja o denuncia ante alguna autoridad, a esta situación se suma el 78.6% de mujeres que han experimentado violencia física y/o sexual por su pareja actual o última.

De igual forma, las mujeres que han experimentado violencia física y/o sexual por otro agresor distinto a la pareja y que no acudieron a denunciar, se abstuvieron principalmente, por miedo a las consecuencias o amenazas, vergüenza, no sabía cómo o donde denunciar, o pensó que no le iban a creer o que le iban a decir que era su culpa. 

Esto confirma la aseveración de que, en estos casos, no se denuncia la vulneración a la libertad y seguridad sexual en parte, por el efecto amnésico de las sustancias, a lo que se suman las cuestiones de índole cultural que tienden a culpabilizar a las mujeres de sufrir agresiones sexuales, por lo que resulta difícil evaluar el impacto real de las drogas para facilitar el asalto sexual

Esto último pone de manifiesto el deber de seguir explorando mecanismos que permitan tutelar la libertad y seguridad sexual; en este caso, reprochar con mayor severidad al sujeto activo que suministra a la víctima algún agente químico o biológico para anular o neutralizar su posible resistencia y con ello realizar la conducta reprochable. 

Por eso se ha considerado seguir robusteciendo el sistema normativo, para que se esté en aptitud de garantizar una vida libre de violencia a las mujeres.

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