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Chihuahua, Chih.–  En su reciente visita a Chihuahua, representantes de Amnistía Internacional en el marco de los 30 años de que se registraron los primeros feminicidios en Ciudad Juárez y Chihuahua, dejaron al menos 25 recomendaciones a los gobiernos estatal, municipales y federal.

De acuerdo con las cifras oficiales, la primera víctima contabilizada fue la niña Alma Chavira Farel, quien fue encontrada en enero de 1993, y a los cuatro meses se unió también la niña de 12 años Gladys Janeth Fierro; y para septiembre de 1995, se encontró a la tercera víctima Silvia Rivera Morales, de 17 años; según notas periodísticas, las autoridades de Ciudad Juárez han afirmado que de 1993 a 1999 se cometieron 19 mil 825 asesinatos de mujeres, 2.3 asesinatos por mes, siendo 1996 y 1998 los años que registraron mayor número de víctimas, con 30 en cada uno.

 Entre las recomendaciones que dejaron, y que forman parte del informe "Muertes intolerables", está que las autoridades federales, estatales y municipales deben reconocer y condenar públicamente las desapariciones y homicidios de mujeres en Ciudad Juárez y Chihuahua resaltar la dignidad de las víctimas y la legitimidad de la lucha de los familiares en la búsqueda de la verdad, justicia y reparación; que las autoridades estatales y federales deben garantizar que se llevan a cabo investigaciones prontas, exhaustivas, efectivas e imparciales, coordinadas y con los recursos suficientes en todos los casos de desapariciones y homicidios de mujeres en el estado de Chihuahua.

También que el gobierno federal debe resolver con urgencia el reclamo de la sociedad sobre la jurisdicción competente para la investigación de las desapariciones y muertes de mujeres en Chihuahua para asegurar investigaciones eficaces, rápidas y exhaustivas que gocen de recursos, expertos y la plena cooperación de cualquier otra instancia; que en las denuncias de desapariciones debe establecerse un mecanismo de búsqueda urgente en el Estado a través del inicio de una investigación penal con amplias competencias para determinar el paradero de la persona desaparecida y dar seguimiento a todas las pistas relevantes para determinar si se ha cometido un delito, bajo la supervisión de un juez competente.

Además, que se debe investigar y sancionar la negligencia, omisión, complicidad o tolerancia de agentes del Estado en las desapariciones y homicidios de mujeres en el estado de Chihuahua. Todo agente del Estado presuntamente responsable de cometer graves abusos a los derechos humanos como actos de tortura o encubrimiento de las desapariciones debe ser apartado de su cargo a la espera del resultado de investigaciones imparciales.

En tanto, las autoridades federales, estatales y municipales deben destinar recursos suficientes a la mejora de la seguridad pública en el estado y la prevención de la violencia contra la mujer en la comunidad, como instalación de alumbrado y servicios de vigilancia; el Estado mexicano debe garantizar que las maquilas cumplan con sus obligaciones legales frente a sus empleadas/os con un enfoque especial sobre la seguridad física, sexual y mental de las mujeres trabajadoras.

También las autoridades deben asegurar que la/os defensora/es de los derechos de la mujer y las asociaciones de familiares que dedican sus esfuerzos a poner fin a la violencia contra la mujer pueden desempeñar su legítima labor sin miedo a represalias y con la plena cooperación de las autoridades, en consonancia con la Declaración de la ONU sobre los Defensores de los Derechos Humanos; deben aplicar de igual forma las recomendaciones internacionales dirigidas al Estado de México desde 1998 por los Relatores Especiales de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y de Naciones Unidas, y por el Comité para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer de la ONU que han conocido el caso de las mujeres de Ciudad Juárez y Chihuahua.


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