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Por Jael Argüelles.- Todo sistema normativo que tipifica de manera absoluta el aborto atenta contra el derecho a la igualdad y a salud. 

Rechazamos la imposición, a través del uso del poder estatal, de criterios religiosos, morales o ideológicos que únicamente se correspondan a la conciencia individual. Hoy un diputado presentó una iniciativa para que la educación esté libre de ideologías políticas. Yo me pregunto: ¿qué no las decisiones autónomas de las mujeres también deben de estar libres de ideologías? ¿Por qué querer imponer una ideología a todas las mujeres? 

El derecho a la salud está vinculado al derecho de la mujer a decidir. La penalización del aborto coloca en riesgo la salud de las mujeres, las somete a la actuación arbitraria del personal de salud y a la amenaza de compurgar una pena de prisión en caso de que acudan a un servicio de atención médica para resolver eventuales complicaciones derivadas de la interrupción del embarazo, incluso cuando esta fue espontánea.

El pleno ejercicio de la autodeterminación reproductiva no solo repercute en el derecho a la salud, también fomenta y preserva el bienestar y el acceso a una vida digna, en el entendido de que nos permite construir nuestro proyecto de vida.

Ya se ha considerado reiteradamente que el periodo de 12 semanas para interrumpir un embarazo es razonable, ya que en ese plazo existe solo un incipiente desarrollo del embrión, por lo que no hay un desarrollo de las facultades sensoriales y cognitivas; existe una mayor seguridad sanitaria, sin graves consecuencias para la salud de la mujer o persona y posibilita que se preste la asesoría médica y psicológica necesaria.

Lo que diferencia la vida humana de la vida en general es la existencia de un sistema nervioso central y más específicamente la existencia de la corteza cerebral desarrollada. Entonces el tener un sistema nervioso central y una corteza cerebral desarrollada es lo que biológicamente define a un humano, en el embrión de menos de 12 semanas no está formada dicha corteza cerebral. El embrión con menos de 12 semanas de existencia no cuenta con las estructuras, las conexiones y las funciones nerviosas necesarias para ello y, desde luego, es incapaz de sufrir o de gozar.

Por otro lado, reforzando el argumento que un embrión no es una persona, consideremos que las células del organismo humanos pueden vivir por cierto tiempo fuera del mismo. Lo anterior es lo que hace posible la reproducción sexual a través del coito, las transfusiones de sangre, los trasplantes de órganos, la fertilización in vitro, que es el uso de la ciencia y tecnológica existente para la reproducción asistida que se inicia precisamente con la inseminación artificial. Ante estos supuestos, los espermatozoides y el óvulo son células vivas fuera de las gónadas que les dieron existencia; todas las células tienen el genoma humano completo. Sin embargo, no por el simple hecho de estar vivas y contener el genoma humano, esas células son seres humanos. En otras palabras, no es posible afirmar que el espermatozoide o el óvulo sean personas humanas.

Las complicaciones en la salud derivadas de un aborto inseguro dependen de los centros de salud donde se realiza el aborto, la capacidad del profesional que realiza el aborto, el método de aborto empleado, la salud de la mujer y la edad gestacional del embarazo, y estas pueden ir desde hemorragias, septicemia, peritonitis, traumatismo en el cuello del útero y los órganos abdominales, la ruptura del útero hasta la muerte de la mujer o persona gestante.

Para una mujer el mayor riesgo de morir por esta causa se debe principalmente al uso de métodos invasivos y peligrosos para interrumpir una gestación, ya que, por el contrario, la mortalidad relacionada al aborto seguro es extremadamente baja.

Una de cada cuatro mujeres sometidas a un aborto inseguro desarrolla una incapacidad temporal o permanente que requiere atención médica. Sin embargo, muchas de ellas no acuden a los servicios de salud, ya sea porque carecen de los medios económicos necesarios o porque temen al abuso, al maltrato o a una represalia legal. Así, los principales costos fisiológicos, financieros y emocionales son acarreados por las mujeres que sufren un aborto inseguro.

La Organización Mundial de la Salud, OMS, el año pasado publicó una guía para la atención del aborto, cuya finalidad es proteger la salud de las mujeres y las niñas y ayudar a prevenir los más de 25 millones de abortos no seguros que se producen actualmente cada año. La guía de la OMS, además de las recomendaciones clínicas y de prestación de servicios, en las directrices recomienda eliminar los obstáculos normativos innecesarios desde el punto de vista médico para el aborto seguro, como la penalización. 

Mientras que se la OMS publica esto, aquí se presenta un exhorto que utiliza como fuente de información un libro que es reseñado por instituciones católicas y cuyo soporte científico es de dudosa procedencia.

Si bien, aquí el Código Penal Local aun seguirá contemplando el aborto como delito; los avances judiciales como el de la semana pasada y las reformas legislativas en varios estados dan cuenta del castigar a una mujer que aborta va en contra de los derechos humanos. El derecho a decidir es un derecho ya conquistado y reconocido por la Corte. De hecho, ya cualquier mujer o persona gestante puede en Chihuahua puede ampararse. Cerca de 100 mujeres en el estado de Chihuahua han sido protegidas por la justicia federal y puedan exigir los servicios de aborto, así como la inaplicación del Código Penal Estatal.

Aquí hace unos días una legisladora alabó a la Corte ante la decisión de un solo ministro de conceder la suspensión sobre la distribución de libros aquí.  Les pediría a esos mismos diputados, que respeten lo que se ha logrado en materia de derechos reproductivos de las mujeres a través de la mayoría de ministras y ministros de la Corte.

Estamos conscientes de que mientras continúen fracciones conservadoras mayoritarias en el Congreso Local no podremos avanzar en derogar el aborto como un delito del Código Penal, afortunadamente tenemos los criterios judiciales de nuestro lado.

Nuestra preocupación actual, más allá de la penalización y sin minimizar el hecho de que no exista reforma al Código Penal, es que el gobierno del estado de Chihuahua a través de su titular, María Eugenia Campos, ha ordenado que se niegue el aborto a mujeres que son víctimas de violencia sexual. 

En el último año, Marea Verde ha acompañado a cinco mujeres, tres menores de edad, que se han enfrentado a una negativa del Estado a reconocer sus derechos como víctimas, derecho que se encuentra en una ley general, la cual está por encima de cualquier ordenamiento jurídico estatal, y en las normas oficiales mexicanas, específicamente la NOM-046. Las víctimas de violencia sexual acuden a solicitar los servicios y las autoridades dilatan el proceso de manera que cuando cumplen las 12 semanas se les niega el servicio, pese a que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha establecido que no se deben colocar plazos para el aborto por violación.

“El aborto es algo fundamental para la vida de una mujer, para su dignidad. Es una decisión que debe toma por sí misma. Y cuando el gobierno esa decisión por ella, está siendo tratada como menos que una persona adulta, responsable de sus propias decisiones”

Aprovecho para mencionar que parte de esta participación está basada en un posicionamiento emitido por Marea Verde Chihuahua, movimiento feminista a quien doy mi reconocimiento.


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