Chihuahua, Chih. – Con el argumento de protegen los derechos a la autonomía reproductiva, libre desarrollo de la personalidad, salud e igualdad, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que las leyes de Chihuahua que penalizan el aborto son contrarias a los #DDHH. Con esta sentencia se
La Primera Sala señaló que los artículos 143, 145 y 146 fracción I del Código Penal de Chihuahua, que regulan el delito de aborto son inconstitucionales, al ser contrarios a los derechos de la dignidad humana, a la autonomía reproductiva y libre desarrollo de la personalidad, a la salud, la igualdad y no discriminación
Integrada por los ministros Jorge Mario Pardo Rebolledo, quien preside, Ana Margarita Ríos Farjat, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Juan Luis González Alcántara Carrancá y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, la Sala retomó para su análisis, la sentencia que dictó hace dos años sobre la legislación de aborto de Coahuila, en la que declaró inconstitucional penar el aborto en las primeras etapas del embarazo si se practica por voluntad y con el consentimiento.
También retomó la sentencia de este agosto sobre la regulación del aborto de Aguascalientes, en la que ordenó al Congreso del Estado derogar diversas porciones normativas de su Código Penal al respecto.
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