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Chihuahua Chih.- La diputada de Morena Leticia Ortega Máynez propuso hoy reformar el Código Penal del Estado, para establecer la privación de la libertad y la inhabilitación, a servidores públicos que retarden el proceso de justicia a víctimas de la violencia.

Expuso que ante la violencia contra la mujer  se han generado  instrumentos jurídicos internacionales, nacionales y locales para visibilizar y combatirla, pero aún existen irregularidades en la impartición de justicia que incluye la demora en la iniciación de las investigaciones, la lentitud de las mismas o inactividad en los expedientes, la pérdida de información, y sobre todo la falta de contemplación de las agresiones a mujeres como parte de un fenómeno de violencia de género. 

 Informó que Chihuahua se encuentra entre los primeros lugares con mayor número de presuntos delitos de feminicidios y que Juárez sigue manteniéndose en el primer lugar de 100 municipios del país respecto a este delito. También se tiene un quinto lugar en homicidios dolosos contra las mujeres, primeros lugares en los delitos de violencia familiar, violación y abuso sexual, así como segundo lugar en llamadas de emergencia relacionadas con incidentes de violencia contra la mujer. 

Es por ello que la atención de los servidores públicos a mujeres víctimas de violencia es crucial para preservar su integridad, donde la falta de perspectiva de género en la atención de juicios que cuentan con estas características, ya sea por negligencia o corrupción de la autoridad, puede provocar que una mujer esté expuesta en grado innecesario ante el agresor, agregó.

Así, la iniciativa busca que la autoridad responsable de la procuración de justicia, cuando tenga conocimiento de antecedentes que una persona ha cometido cualquier otro tipo de violencia grave hacia una mujer y que, por la acción u omisión de sus funciones, se cometa con posterioridad el delito de feminicidio, sea atribuible la pena correspondiente por su responsabilidad dentro de la comisión del delito. Indicando lo siguiente:

‘Al servidor público que retarde o entorpezca intencionalmente o por negligencia la procuración o administración de justicia se le impondrá pena de prisión de dos a siete años y de 500 mil 500 días multa, además será destituido e inhabilitado de cinco a 10 años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.

Cuando la autoridad responsable de la procuración o impartición de justicia tenga conocimiento de antecedentes o datos que establezcan que una persona cometió amenazas, acoso, violencia, lesiones o cualquier otro tipo de violencia hacia la mujer, en el ámbito familiar, laboral o escolar, en donde quedó expuesta a una situación de riesgo, así como de conductas específicas como son abuso de drogas, uso de armas, alcoholismo, confinamiento de la pareja, agresión en contra de familiares o desconocidos, y que por la acción u omisión de sus funciones contribuya a que con posterioridad se cometa el delito de feminicidio, se les impondrá prisión de tres a ocho años y de mil a dos mil 500 días multa.

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