Chihuahua, Chih.- El Tribunal Estatal Electoral informó que el pleno de la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), confirmó su SENTENCIA por la que determinó que la comunidad LeBarón no es equiparable a un pueblo originario, por lo que no puede autogobernarse y/o autodeterminarse.
La sentencia, que luego fue impugnada por la familia LeBarón, fue presentada en noviembre por la magistrada presidenta Roxana García Moreno y determinó por unanimidad de votos, que la comunidad referida, no es equiparable a un pueblo indígena u originario y por ello, le negó la posibilidad de auto gobernarse.
Aun cuando el mismo TEPJF dio a conocer desde MARZO DE 2022 que “las autoridades electorales carecen de competencia para conocer de controversias relacionadas con la pretensión de una comunidad a compararse con comunidades o pueblos indígenas”, e involucró al Congreso del Estado para que respondiera la solicitud de los LeBarón, fue el Tribunal el único que analizó y resolvió al respecto.
Según el comunicado del TEE, los juzgadores federales habrían reconocido que “este Tribunal actuó correctamente, pues sí atendió las indicaciones de la Sala Superior del TEPJF ya que hizo las gestiones necesarias con el propósito de recabar los dictámenes antropológicos ordenados, y que se actuó conforme a derecho en el tratamiento jurídico dado al dictamen antropológico emitido por el Instituto Nacional de Antropología e Historia”.
Esta institución, agregan, “revestida de imparcialidad y con personal especializado en la materia, entregó un estudio sumamente relevante para el caso, pues mostró el contexto social, económico, y cultural en el que la comunidad LeBarón se desenvuelve”, por lo que se determinó no procedente la solicitud de erigirse como pueblo independiente.
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