Chihuahua, Chih. – La asociación civil Consolidando corazones de Ciudad Juárez, a través de su representante legal Pilar Urrutia García de la Cadena, interpuso este lunes un amparo en contra del proceso que realiza actualmente el Congreso del Estado para renovar la presidencia de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, al considerar que no se cumplieron los lineamientos establecidos en su propia convocatoria al dejar avanzar en el proceso a 13 personas que no cumplieron con los requisitos.
Esto, ya que a pesar de que la convocatoria establece que las personas aspirantes deben “acreditar cinco años de experiencia en el área de promoción, respeto a la protección de los Derechos Humanos. Dicha experiencia deberá ser comprobable mediante documentos expedidos por autoridades, organismos públicos y/u organizaciones en la materia”, esto no se certifica en varios de los aspirantes, y aun así la Junta de Coordinación Política, JUCOPO, les dejó continuar con el proceso, en lugar de hacer una selección y pasar a la siguiente etapa únicamente a las personas que cumplían con los requisitos, que también hablaban de contar con títulos académicos.
La JUCOPO ACORDÓ en reunión del 11 de marzo, aprobar el listado de las personas que cumplen con los requisitos, así como los folios de quienes no cumplen con los requisitos para el proceso de elección, pero hizo “constar que las 28 personas que participan en este proceso de selección, como queda en evidencia en anexos anteriores, cumplieron con los requisitos que disponen las disposiciones legales y la convocatoria que se expidió para tal efecto, por lo que no se actualizó la hipótesis de que se tuviera que negar a persona alguna el pasar a la siguiente etapa”.
Personas que de acuerdo con la quejosa no cumplieron con los requisitos |
El acto reclamado es que a pesar de que de acuerdo con el currículum presentado por 13 de las personas aspirantes, y que puede consultarse AQUÍ, esta experiencia no se demuestra, lo que se señala también en el documento que integra el amparo, y que se detalla a continuación.
“En lo que respecta a Martha Elva Blanco Leo, no se establece en su solicitud temporalidad alguna referente a su experiencia en la promoción, respeto y protección a los derechos humanos, además de que no aporta documentos que acreditan o subsanen la omisión de señalar dicha temporalidad, por lo que, se concluye, no cumple con el requisito señalado previamente.
En cuanto a Javier González Mocken, este manifiesta que de 2009 a 2010 participó en actividades de promoción y difusión a los derechos humanos, sin embargo, dicha temporalidad solamente es de un año, no de cinco como se exige, aunado a que no exhibe en ningún momento la documentación que acredite la experiencia solicitada como requisito, por lo que no cumple con éste, y no deja de ser simplemente una manifestación unilateral de su voluntad sin soporte alguno.
Respecto a Jesús Flores Duran, únicamente refiere trabajo institucional, pero no especifica las acciones ejercidas para la promoción y difusión de derechos humanos.
Con relación a Héctor Alejandro Navarro Barrón manifiesta que la experiencia en el área de promoción, respeto y protección de los Derechos Humanos ha sido en la instauración de asignaturas, publicación de libro, proyectos de capacitación, incorporación de programas a la Fiscalía General del Estado en tema de Cultura de la Legalidad, no propiamente actividades recurrentes y de temporalidad alargada.
Asimismo, Ada Miriam Aguilera Mercado, indica experiencia en promoción y difusión de DDHH como primera visitadora y fiscal especializada en Investigación de Violaciones a Derechos Humanos y Desaparición Forzada de la FGE; pero esto es del periodo del 01 de octubre de 2019 a la fecha; por lo que a la fecha del registro no cumple con la temporalidad de los cinco años de experiencia que marca la Ley de la materia que nos ocupa, ni la convocatoria respectiva, ya que sumando lo anterior, acumula un gran total cuatro años con cinco meses de temporalidad acreditada.
En cuanto a Anel Camacho Brito, Silvia Yolanda Villasana Ramírez, Oswaldo Martínez Rempening, Javier González Jáquez, Rocío Villalpando Santana, Lilia Lizeth Durán Nevárez, Gerardo Macías Rodríguez; y Roberto Rascón Maldonado estos no indican ni establecen temporalidad de experiencia en la promoción respeto y protección de los derechos humanos, asimismo no señalan nombre o constancia expedida por autoridad u organismo de la materia, por lo que no cumplen con los requisitos solicitados”.
De tal forma, “puede concluirse que las personas antes señaladas no cumplen con los requisitos para ser aspirantes a la presidencia de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos, por lo que el procedimiento, actualmente se encuentra viciado, al continuarse con estas personas como participantes, en virtud del acuerdo emitido en el que se les tiene cumpliendo con los requisitos establecidos en la convocatoria y, más aún en la legislación aplicable”, dice el documento.
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