Chihuahua, Chih. – Tras darse a conocer la próxima administración de Francisco Manuel Campos Zamarrón de Maguarichi como “una de las 17 alcaldesas” que gobernarán en Chihuahua durante los siguientes tres años, el consejero del Instituto Estatal Electoral, IEE, Yuri Zapata dijo hoy que ellos siguieron los lineamientos establecidos para la autopercepción a la hora de registrar al candidato, quien aseguró ser mujer, para lo que incluso presentó un documento de protesta de decir la verdad.
“Nosotros obviamente teníamos que, pues optar por la autodescripción o la autodefinición que tuvieran las personas de su género independientemente de que el sexo sea algo distinto, justamente para cumplir tanto con la paridad como con las acciones afirmativas y en este caso como en algunos otros se presentaron postulaciones de personas del sexo masculino que auto perciben con el género femenino y entonces una presidencia municipal fue electa justamente en este caso”, señaló en entrevista telefónica.
Sin embargo, reconoció que hay que revisar estos y algunos otros casos para que “no vaya a ser un caso de simulación o no vayan a ser supuestos que generen algún tipo de fraude a la ley”, y al preguntarle si en este caso particular no debió haberse revisado antes de otorgarle la candidatura, Zapata dijo que “es que nosotros actuamos conforme a los lineamientos y a los criterios jurisprudenciales en el tema, y el tema del género es un tema de un derecho de las personas a su auto percepción, y sí se revisó, y con base en eso se determinó, pues que era que era válido. Es decir, tendríamos que tener mayores elementos de prueba que hicieran ver algún tipo de simulación o fraude a la ley, que no los tuvimos en ese momento”, aun cuando Campos Zamarrón ya fue alcalde en una administración previa y está casado con una mujer.
Si bien dijo que fue algo que se trató en las discusiones al interior del IEE, resaltó que el tema del género hoy permite que una persona pueda auto percibirse de manera distinta a la que tradicionalmente ha hecho o que cambie en cualquier momento, “es la percepción que tiene de sí misma, y entonces, pues podrían ser elementos que nos dieran otra vez a un supuesto de simulación por sí solo, sino justamente que solo fueran usados para casos así, pero nosotros solo podemos tener por acreditados justamente aquellos requisitos, que no requieren otros elementos de evidencia, sino solo con su protesta de decir verdad respecto a su autopercepción”.
En este sentido, reconoció que al Congreso del Estado ha fallado al legislar en el tema “justamente con base en los criterios que se han dado en los propios tribunales han generado, pues esta posibilidad de que se ejerzan los derechos de personas de la diversidad sexual y obviamente de las mujeres, pero creo que falta regular los supuestos que puedan contravenir justamente el ejercicio de estos derechos, como un ejercicio de simulación a los derechos que afecta no”.
Agregó que esta misma situación se ha visto por ejemplo, en el caso de las personas de pueblos y comunidades indígenas “donde se ha venido estableciendo el requisito de la auto inscripción calificada, es decir no solamente la percepción de la persona que postulada de decir que es de un pueblo o comunidad indígena, sino teniendo una manera fehaciente de acreditarlo. Lo mismo pasa con las acciones afirmativas de las personas con discapacidad con el requisito de algún certificado médico de alguna institución pública”.
Por ello, consideró que tanto en el caso de la diversidad sexual como en el de la paridad “deberían establecerse algún tipo de candado legales que establezcan obstáculos a la posible simulación”.
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