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Chihuahua, Chih. – Este miércoles el pleno del Congreso del Estado aprobó por mayoría el dictamen de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, para expedir la Ley Electoral para Elegir Personas Juzgadoras del Estado de Chihuahua, presentada por el diputado del Partido Acción Nacional José Alfredo Chávez Madrid.

De acuerdo con el dictamen leído por el presidente de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales Guillermo Patricio Ramírez, se establecen los derechos y obligaciones de la ciudadanía en los procesos electorales; así como las fechas y procedimientos para la realización de elecciones ordinarias y extraordinarias; se definen las competencias y responsabilidades del Instituto Estatal Electoral y otras autoridades involucradas en la organización y supervisión de las elecciones. 

Se destaca que representantes de los partidos políticos ante el Consejo Estatal no podrán participar en las acciones, actividades y sesiones relacionadas a los procesos electorales, y que el Tribunal Estatal Electoral sustanciará y resolverá en forma definitiva e inatacable los medios de impugnación que se deriven.

También se señala todo lo relacionado con el proceso electoral, desde su inicio hasta la declaración de validez y la entrega de constancias a las personas electas, incluyendo desde luego los procedimientos preliminares como la convocatoria y postulación de candidaturas. 

En un capítulo 10 se detalla que serán causas de nulidad de una elección las previstas en la Ley Electoral y en la Ley General, así como que deberá declararse la nulidad de la elección cuando se exceda el gasto de campaña; se compre o adquiera cobertura informativa o tiempos en radio y televisión, fuera de lo previsto por la Ley; se reciban o utilicen recursos de procedencia ilícita, públicos y privados y/o se acredite la violencia política grave contra las mujeres en razón de género, mediante sentencia firme. 

Otro aspecto que se regula es que se presumirá que las violaciones son determinantes cuando la diferencia entre la votación obtenida entre el primer y segundo lugar sea menor al cinco por ciento y que en caso de nulidad de la elección, se convocará a una elección extraordinaria, en la que no podrá participar la persona sancionada. 


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